Despacho de la Junta de Real Hacienda…
- CO CIHJMAL ACC-Colonia-C_II-ea-03733
- Item
- 1737-10-31
Despacho de la Junta de Real Hacienda, que se componía del Gobernador y Oficiales Reales de Popayán, para que el teniente de Buga hiciera pregonar el estanco de aguardiente en esa ciudad a fin de rematarlo en el mejor postor, de conformidad con la real provisión de la Audiencia de Santafé que se transcribe, y en la cual va inserta la real cédula de 14 de septiembre de 1736, fechada en San Ildefonso, y en la que el rey, que había prohibido por varias reales cédulas y especialmente por la de 10 de agosto de 1714 el aguardiente de caña en sus dominios de Indias por estimarlo perjudicial a la salud de sus súbditos, lo permite por esta otra real cédula, teniendo en cuenta la representación que sobre el particular le había hecho el Gobernador de la provincia de Cartagena el 16 de junio de 1726, sobre la conveniencia del uso de tal bebida en ese clima, según testimonio de médicos y teólogos; pero restringe su fabricación autorizando para darla en arrendamiento, a razón de ocho reales de plata por cada botija de arroba y cuarta que se destile y con la condición de no mezclarle cal, tabaco o vallico ni otro alguno que pudiera perjudicar la salud, por lo cual la Audiencia de Santafé dirige su real provisión al Gobernador y Oficiales Reales de Popayán sobre el particular autorizándolos a su vez para pregonar el estanco, lo que cumplen por este despacho en lo referente a la Provincia de Buga, cuyo Teniente, en tal virtud, hace dar los pregones y devuelve el expediente sin que se hubiera presentado postor.
Felipe de Uzuriaga, Contador y Oficial Real